La cobertura de ART por COVID -19 se brindará solamente para trabajadores de salud y miembros de las fuerzas de seguridad

Desde el 2022 dicha cobertura quedará sin efecto para el resto de los trabajadores.

A partir del 01 de enero de 2022 la cobertura de siniestros por COVID – 19, de ART, se brindará únicamente para trabajadores de salud y miembros de las Fuerzas de Seguridad, tal como lo dispuso art. 7 del Decreto 39/21 y sus posteriores modificatorias.

Por este motivo, las denuncias que ingresen con fecha de primera manifestacion invalidante igual o posterior al 01/01/2022 serán rechazadas, dado que a partir de dicha fecha la enfermedad COVID -19 será una considerada de caracter inculpable (significa que no estará relacionada con el trabajo), excepto las que pertenezcan a trabajadores de salud o Fuerzas de Seguridad.

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