Se anunció que se podrán deducir hasta $12.000 por año el impuesto a las Ganancias por seguro de vida o de retiro

Se trata de un decreto que firmó el Gobierno, en el cual se modifica el monto máximo a descontarse del tributo, que permanecía inmóvil desde la década del 90. 

Una buena noticia

El seguro de vida o de retiro (complemento a la jubilación) puede deducirse del impuesto a las Ganancias. El monto máximo a descontar se actualizó, ya que antes pasaba casi desapercibido. Por eso, el Gobierno anunció que ampliaría el beneficio, para poder impulsar este tipo de herramientas financieras, según consta en el decreto 59. Por ende, este año se podrán descontar de Ganancias hasta 12.000 pesos anuales del seguro.
La medida apunta a canalizar el ahorro que generan las compañías aseguradoras como importantes inversoras institucionales hacia la inversión en la economía real a través de la financiación de proyectos para las pymes, obras de infraestructura y la construcción de viviendas, entre otros beneficios.

¿Quiénes pueden deducir estos montos del IIGG?

Tomadores y asegurados.

¿Qué pueden deducir?

Las sumas pagadas en concepto de primas por seguros de vida y seguros mixtos (vida + ahorro). Se deducen tanto las primas que cubran el riesgo de muerte como las primas de ahorro; como así también, las sumas que se destinen a la adquisición de cuota-partes de fondos comunes de inversión que se constituyan con fines de retiro.

Exclusiones:

Seguros de retiro privados administrados por entidades sujetas al control de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN.

Montos que se pueden deducir

  • Período fiscal 2019: PESOS DOCE MIL ($ 12.000).
  • Período fiscal 2020: PESOS DIECIOCHO MIL ($ 18.000).
  • Período fiscal 2021: PESOS VEINTICUATRO MIL ($ 24.000).

¿Cómo se actualizan los montos máximos a deducir?

Se creó la Unidad de Valor Tributaria (UVT) como unidad de medida de valor homogénea para determinar los parámetros monetarios contemplados en las leyes impositivas, disponiéndose que la relación de conversión entre UVT y pesos se ajustará anualmente con base en la variación anual del Índice de Precios al Consumidor que suministre el INDEC.

Vigencia

A partir del 22 de enero de 2019.

Pueden leer el Decreto completo haciendo  click acá.