El Seguro desburocratizado y simplificado por D.N.U.

Se trata del Decreto de Necesidad y Urgencia 27/2018, que incluye dos referencias de afectación específica sobre nuestro ámbito. Salió publicado en el Boletín Oficial del pasado 11 de enero.

A continuación, los Considerandos de la medida:

SEGUROS

Que a los fines de contribuir a la digitalización de la industria de seguros, se propicia modificar el artículo 11 de la Ley de Seguros N° 17.418, para la agilización y simplificación de los medios a través de los cuales la población probará la existencia de una cobertura de seguro.

Que habiéndose analizado las disposiciones de la Ley N° 13.003 -mediante la cual se regula el seguro de vida colectivo para el personal del Estado-, se evidencia la urgencia de su derogación y la necesidad de facultar a la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS del MINISTERIO DE FINANZAS, a dictar las normas que resulten necesarias para darle al personal del ESTADO NACIONAL una cobertura acorde a los parámetros actuales que rigen en la materia.

Y en la parte resolutiva:

  • EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS, DECRETA:

(…)

CAPÍTULO XIX

SEGUROS

ARTÍCULO 158.- Sustitúyese el primer párrafo del artículo 11 de la Ley N° 17.418, por el siguiente:

“El contrato de seguro sólo puede probarse por escrito; sin embargo, todos los demás medios de prueba, inclusive cualquier medio digital, serán admitidos, si hay principio de prueba por escrito”.

ARTÍCULO 159.- Derógase la Ley N° 13.003 con efecto a partir del día siguiente a la entrada en vigencia de la reglamentación que, a tal efecto, dictará la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS del MINISTERIO DE FINANZAS; y facúltase, en consecuencia a la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, a emitir una reglamentación sobre la contratación de un seguro para casos de muerte por parte de los empleados del Sector Público Nacional; la cual deberá contemplar, al menos, los siguientes aspectos:

  1. a) las condiciones contractuales obligatorias,
  2. b) la modalidad de la cobertura,
  3. c) la suma asegurada y
  4. d) la tasa de la prima de seguros.

Una vez establecidos, esos aspectos serán informados al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, el que llamará a licitación pública para adjudicar la contratación del seguro a las entidades aseguradoras oferentes según corresponda.

El seguro para casos de muerte del personal del Sector Público Nacional será optativo en todos los casos.

Los Ministerios, Secretarías y demás reparticiones públicas, deberán mensualmente retener el importe de la prima del haber del asegurado, el que será ingresado mensualmente a la/s entidad/es adjudicada/s.

Nota: el texto completo de la Norma puede ser consultado en https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/177429/20180111

Turistas argentinos que viajen a Chile, deberán sacar un seguro obligatorio para vehículos

El mismo cuesta 11 dólares, es por 10 días y debe adquirirse cuando se cruza la frontera.

En este enero está repleto de turistas argentinos que viajan a Chile. No sólo por los paisajes chilenos y los precios, sino porque las vacaciones coinciden con la llegada del Papa Francisco. Es por eso, que en este primer mes del 2018, esperan alrededor de un millón de visitantes.

Por eso, las autoridades trasandinas, recordaron en diciembre pasado, que está vigente una resolución que obliga a los autos extranjeros, a contar con el seguro obligatorio de accidentes personales para extranjeros (Soapex). También deberán tener la verificación técnica oficial, al día. Si bien en 2017 ya existía, este año se comienza a exigir.

Si bien la mayoría de las compañías aseguradoras de nuestro país incluyen en sus pólizas la cobertura por accidentes en países limítrofes, el Soapex sólo puede contratarse con aseguradoras chilenas y los turistas. Y la compra es unicamente vía Internet a compañías del país hermano.

El costo aproximado por 10 días de cobertura es de 11 dólares, por cada vehículo motorizado, remolque, acoplados y carro de arrastre que ingrese a Chile. Y si bien es un costo que no se tenía en cuenta, es varias veces inferior a la multa que pueden aplicar los Carabineros –policía chilena- que es cercano a 1.300 pesos.

HDI Seguros, es una de las compañías que ya ofrece el Soapex. Aclaren sus dudas, clickeando aquí.